En esta fecha todos andamos con calculadora para saber cuántos días tenemos o no de vacaciones y cómo podemos usarlas. Es que las vacaciones se acumulan, tienen topes y reglas, además de bonificaciones. Por eso, acá una pequeña guía para que sepas a cuántos días de vacaciones tienes derecho.
Partamos por lo primero: El periodo legal de vacaciones es de 15 días hábiles para los trabajadores con más de un año de servicio con un empleador, donde se le paga el sueldo íntegro. Este cálculo viene de la razón de 1,25 días por mes de trabajo. O sea, si tienes 10 meses en la empresa, tendrás acumulados 12,5 días hábiles.
Ahora, ¿cómo se pueden usar los días de vacaciones? La ley dice que deben tomarse continuas, esto es, de manera seguida pero esta limitación es sólo hasta los diez días, para el resto es posible fraccionarlo de común acuerdo con el empleador. Y la recomendación es tener ojo con esto, porque la ley sólo permite acumular vacaciones por acuerdo entre empleador y trabajador, pero sólo hasta por dos períodos consecutivos.
Así, si un trabajador tiene acumulados dos periodos consecutivos de vacaciones sin usar deberá obligatoriamente tomarse las vacaciones, al menos, el primer periodo, antes de completar el año que le da derecho a unas nuevas vacaciones.
Ahora, como las vacaciones son un derecho que incluye la remuneración íntegra para esos días. Entonces, ¿qué pasa con los trabajadores que tienen sueldo variable? Para ellos la ley contempla el pago de un promedio de lo que se le ha pagado durante los últimos tres meses trabajados.
Días adicionales y trabajadores sin este derecho
Se entenderá por remuneraciones variables los tratos, comisiones, primas y otras que, con arreglo al contrato de trabajo, impliquen la posibilidad de que el resultado mensual total no sea constante entre uno y otro mes.
Además, si un trabajador lleva más de una década de vida laboral y cumple al menos tres años de antigüedad como empleado de una compañía “gana” un día adicional de vacaciones, en lo que se conoce como “vacaciones progresivas”. Si se cambia de trabajo perderá los días ganados y comenzará de nuevo a acumular cada tres años si se mantiene con el nuevo empleador.
Ahora, también hay trabajadores que no tienen derecho a vacaciones, y son aquellos que laboren en empresas o establecimientos que por la naturaleza de sus actividades dejan de funcionar durante ciertos períodos en el año, siempre que el tiempo de la interrupción sea más extensa que el feriado que les corresponde y que durante dicho período hayan disfrutado normalmente de las remuneraciones establecidas en el contrato.
Fuente: Capital Humano